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lunes, 1 de diciembre de 2014

EL SERVICIO POSTVENTA Y LA FIDELIZACIÓN DEL CLIENTE



Cuando se habla de Técnicas de Venta, de Marketing, de Desarrollo Comercial, …etc.  te enseñan a vender. Poco o casi nada se habla de lo que es el servicio postventa para el mantenimiento de nuestra red de contactos comerciales, para consolidar a los antiguos clientes y que estos hablen bien sobre nuestro Servicio o Producto. El boca a boca se extenderá, bien, vía oral, incluyendo Cafeterías y/o pubs, vía redes sociales, y las Organizaciones de Consumo según disponga la Ley.

Qué gran error es cuando con todo lo que cuesta poder conseguir nuevos clientes, los antiguos estén sospechando de continuar contigo o no. Y que llegue a los nuevos, aún peor, llegando a entrar en el baremo de lo grave. Es por esto que no podemos descuidar nunca a nuestros seguidores de marca, tanto personal, como a nivel de pequeña, mediana o gran empresa. 

El Servicio de Atención al Cliente, principalmente, se ve afectado por los siguientes aspectos:

     A. Tiempo excesivo en la resolución de incidencias. 
     B. Dejar sus peticiones en Stand By sin explicaciones.
    C.No reunirse en tiempo y forma con ellos, sin resolver cuestiones que para el cliente son más que importantes.
     D. El sentimiento de abandono que le podemos ocasionar (Siempre las promociones se las llevan los nuevos clientes)
    E. Otro sentimiento que llegan a hacer farragosa nuestra relación con los clientes es que siempre tengan prioridad otros clientes, o que dichos clientes son los que siempre se pueden acoger a las promociones.
     F. El cliente siempre tiene razón, exceptuando multitud de reglas y motivos que no llega a entender.  
     G. La formulación de pedidos y los retrasos en las entregas.

Para ello, proponemos algunas soluciones: 

     1.  Gestionar con eficiencia las solicitudes de nuestros clientes.
    2. Personalizar cada uno de nuestros contactos con el cliente, y al menos, avisar de que estamos gestionando su solicitud.
     3. Aumentar la productividad de nuestra Agenda e imponer unos criterios de prioridades. 
    4.Recibir llamadas o ser informados todos los clientes sin excepción de las promociones que podemos proporcionarles.
     5.  El cliente debe conocer los baremos promocionales.
     6.  Realizar una buena segmentación de clientes y que ellos conozcan los derechos que tienen, con la posibilidad de realizar los trámites y saber el porqué de las promociones.
     7. La adopción de un método en el que el cliente pueda conocer el estado de su pedido y en su caso, poder reclamar según un procedimiento son las mejores armas para poder darle un trato preferente, en caso de incidencia.

domingo, 1 de junio de 2014

Cuando Google perdió la partida (Derecho al Olvido)

En el año 2009, cuando Mario Costeja, y su abogado, Joaquín Muñoz, iniciaron los litigios contra las apariciones de datos personales en Internet, no sabían el impacto que iban a tener. El asunto se centraba en que el periódico “La Vanguardia” publicó un antiguo embargo que el señor Monteja tuvo en 1998 y que ya estaba subsanado, dentro del apartado de anuncios.  Esto afectaba a su hijo de manera directa y no podía resolver sus cuestiones cotidianas. Por ello, tuvo incluso que cambiar su apellido en las tarjetas de visita como perito.

Ante la imposibilidad en 2010, de reclamar a Google la eliminación de los links que el buscador indexaba, a la que se contesto alegando “libertad de expresión”, o bien indicando, que al ser empresa estadounidense, no tiene porque acogerse a las leyes europeas, se iniciaron los trámites para acogerse a la Agencia Española de Protección de Datos y aludir a los Tribunales Europeos.

Finalmente, y tras más de varias alegaciones favorables a Google, el 13 de Mayo de 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea indica que el Buscador de Buscadores, debe cumplir la normativa europea y ofrecer la posibilidad de la cancelación de datos personales dañinos para el solicitante.

Esto ha obligado a Google a crear un formulario para que cualquier ciudadano europeo pueda realizar su solicitud, añadiendo los enlaces que no considera convenientes:



A partir de ahora, cualquiera de nosotros que nos veamos perjudicados por una información errónea, o vinculada con un pasado ya resuelto, podremos hacer la facultad de nuestros derechos. 

Sin embargo, hay que tener en cuenta una cuestión. Google será el mero intermediario de la eliminación de contenidos, dado que serán los formuladores o creadores de contenido los que tengan que practicar dicho borrado, para que Google deje de indexarlos.

En España, la mayoría de las peticiones que hasta ahora han sido denegadas tienen que ver con las apariciones en los BOE de la Administración.


Los motivos de Mario Costeja: 

La Sentencia 13/05/2014 del TJUE:

Para saber más del Derecho al Olvido: http://www.derechoalolvido.eu/
 
Artículo publicado en la Revista Digital Proyecto 180 Grados http://issuu.com/proyecto180/docs/primer_n__mero_proyecto_180___magaz?e=11894645%2F8520017